
SANTO DOMINGO.- Francisco Domínguez Brito solicitó formalmente a la Comisión Organizadora de la Consulta sobre Aspirantes Presidenciales (CONAP) la convocatoria urgente de una reunión con todos los aspirantes presidenciales y, posteriormente, con el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), luego de recibir una comunicación de la Junta Central Electoral (JCE) en la que se establece que el proceso de consulta interna previsto para el 18 de octubre resulta improcedente en el momento actual del calendario electoral.
Si bien es cierto es fundamental ser respetuosos de las normas legal y constitucional, no es menos cierto que hay un aspecto práctico y racional. El PLD no puede darse el lujo de ninguna consulta sin la logística necesaria, sin equipos, ni centros educativos.
Francisco Domínguez Brito explicó que su actuación ha estado guiada exclusivamente por el compromiso de preservar la institucionalidad del PLD y garantizar que todas las decisiones del partido se desarrollen con apego al marco legal vigente.
Recordó que, durante las discusiones del reglamento que regularía el período previo a la precampaña, se planteó la interrogante de si el mismo prohibiría o permitiría el proceso de consulta a lo interno dado el precedente de la sentencia del TSE. En la CONAP se informó que dicho instrumento sería conocido y aprobado por la Junta Central Electoral. En ese contexto, todos los aspirantes fueron invitados a presentar observaciones al borrador del reglamento.
En ese proceso, Francisco Domínguez Brito presentó sus observaciones ante la CONAP y, dada la trascendencia jurídica y práctica del tema, remitió igualmente copia de las mismas a la Junta Central Electoral, bajo el entendido de que el órgano electoral estaba conociendo el reglamento y las opiniones formuladas por los aspirantes.
Como resultado de esa comunicación, la Junta Central Electoral respondió indicando que el proceso de consulta interna del PLD no cuenta con respaldo legal dentro del ordenamiento electoral vigente ni ha sido expresamente validado por la sentencia TSE-0011-2025 del Tribunal Superior Electoral, razón por la cual considera improcedente la celebración de dicha consulta en este momento del calendario electoral.
“Se partió de premisas no ciertas y nos indujeron a decisiones incorrectas y al margen de la ley. Es mejor tomar decisiones cuando hay tiempo y no cuando el error sea incorregible”, afirmó Francisco Domínguez Brito.